jueves, 21 de abril de 2011

Ambientalista prensenta a la ONU los Derechos Ecológicos de la Tierra


El ambientalista Mario David Mérida envió a la Organización de Naciones Unidas una carta con 50 derechos que recogen el respeto medioambiental bajo el nombre de Derechos Ecológicos de la Tierra.

 

Mérida, del departamento de San Marcos, argumenta sus propuestas con un antecedente histórico del ser humano y su aparición en la Tierra,  en donde su supervivencia ha ido ligada a la explotación sin límite de los recursos naturales, contaminación de sus fuentes de agua y atmósfera. 

Tal explotación se ha desarrollado hasta el punto poner en peligro la propia supervivencia del ser humano

A su criterio, La emisión sin mesura de gases efecto invernadero—CO2 y nitrógeno principalmente— ha provocado que éstos se queden de forma permanente en la atmósfera, imposibilitando la salida de los rayos del sol y provocando el efecto invernadero: temperaturas cada vez más extremas, deshielo de los polos, desertificación cada vez mayor.

Los contínuos avances técnicos han posibilitado la medición de las consecuencias de la explotación humana. Sin embargo, el planeta Tierra todavía no cuenta con ninguna legislación que penalice o regule tales excesos.


Impulsa medida

En ese marco, Mérica ha impulsado la iniciativa de elaborar los Derechos Ecológicos de la Tierra, a propósito de la conmemoración del 22 de abril.

Mérida es licenciado en Ciencias de la Educación por la Universidad de San Carlos de San Marcos y que lleva 17 años trabajando ah honorem como ambientalista, elaboró como tesis final de licenciatura la Carta de Derechos Ecológicos de la Tierra.

Esta declaratoria, que contiene 50 puntos sobre el cuidado del planeta, fue contenida en un libro y su propagación fue tal que hace dos semanas, Mérida envió Los Derechos Ecológicos de la Tierra a la sede de Naciones Unidas, que le agradeció sus esfuerzos "concernientes en las respuestas para preservar el futuro del mundo de nuestros hijos", según le comunicó la ONU.


Derechos de la Tierra

El artículo 1 contiene el Derecho de Protección del Planeta Tierra: "deben prohibirse las prácticas contaminantes destrucción ecológica porque se interrumpen los procesos de sus funciones vitales, coartando así, su curso normal dentro del gran universo".

Además, está contenido el Derecho de protección de los Polos Terrestres, en el artículo 2, principales víctimas del efecto invernadero; el derecho de protección del Ártico, de los Glaciales, de la biosfera, los lagos, los hábitats acuáticos, los nichos ecológicos, la fauna terrestre, los santuarios naturales, las cuencas de drenaje natural o las aves migratorias.

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